INFORME DE HALLAZGOS DEL CUESTIONARIO SOBRE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO CIVIL EN PUERTO RICO
Noelis Guzmán Sáez
Andrés Díaz Navarro
Lcda. Yasiris Torres Rivera
Estudiantes comisionados, Comisión de Derecho Civil
El recién aprobado Código Civil de Puerto Rico entró en vigor el 28 de noviembre de 2020. Su aprobación ocurrió en medio de una era educativa sin precedente en el contexto de la pandemia del coronavirus y la intervención de la tecnología en los procesos de enseñanza. Ante este panorama, surgieron cuestionamientos sobre el derecho aplicable tras su aprobación. A su vez, entre la comunidad estudiantil y los egresados aspirantes a revalidar surgieron interrogantes en torno a si el derecho procedente de esta nueva ley sería materia objeto de evaluación en la Reválida de Derecho General.[1]
En estas arduas circunstancias continuó la impartición de los cursos de derecho civil en las facultades de derecho. A raíz del nuevo Código, los cursos de derecho civil requirieron adaptar su contenido curricular y sus prontuarios al derecho vigente en el ordenamiento jurídico. No obstante, a pesar de estas transformaciones, en el siglo XXI todavía ciertos procesos educativos de derecho civil puertorriqueño conservan una práctica tradicional en la cual la metodología depende principalmente de la lectura del Código y la discusión de casos.
Para identificar y atender las inquietudes expuestas, un grupo de estudiantes de la Comisión de Derecho Civil del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico elaboró un cuestionario en el que se busca recoger las experiencias del estudiantado en sus cursos de derecho civil. A continuación, se indican los objetivos principales de este cuestionario:
Objetivos
- Reflexionar sobre la enseñanza del derecho civil en las comunidades académicas del país.
- Identificar los retos o las dificultades significativas en el proceso de enseñanza-aprendizaje del derecho civil a la luz del nuevo CCPR.
- Señalar las figuras jurídicas de mayor complejidad para la enseñanza del derecho civil.
- Proponer alternativas y estrategias educativas para la enseñanza del derecho civil.
- Fomentar el diálogo transformador y participativo entre estudiantes y profesores.
- Desarrollar un espacio de análisis crítico y propuestas creativas e innovadoras sobre la educación del derecho civil en diversas comunidades del país y en las facultades de derecho.
Este informe presenta una recopilación de las respuestas recibidas de los estudiantes y egresados de las tres facultades de derecho en Puerto Rico. El cuestionario llevado a cabo durante los meses de febrero a marzo de 2022 bajo el tema de investigación Enseñanza el Derecho Civil en Puerto Rico recogió las experiencias de enseñanza-aprendizaje de la comunidad estudiantil en sus materias de derecho civil.[2] Los estudiantes y los egresados que participaron certificaron haber leído las instrucciones para responder el cuestionario de manera anónima, voluntaria y confidencial. Cincuenta (50) participantes sometieron sus respuestas al cuestionario.
A continuación, se presenta el desglose de las preguntas formuladas y el análisis estadístico de los hallazgos.
- Desglose de respuestas
A. Información general de participantes:
Siete (7) estudiantes de primer año participaron (1L) del cuestionario; veinticuatro (24) estudiantes de segundo año (2L); ocho (8) estudiantes de tercer año (3L); tres (3) estudiantes de cuarto año (4L) o más; dos (2) estudiantes en espera de tomar la reválida; dos (2) egresados revalidados; cuatro (4) egresados con licencias para ejercer la profesión.
En este cuestionario participaron veinte y siete (27) estudiantes de la Escuela de Derecho UPR, dieciséis (16) estudiantes de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico, siete (7) estudiantes de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.
La pregunta tercera se diseñó teniendo en consideración los cursos de derecho civil que son objeto de evaluación en la reválida de admisión a la profesión, y que son materias medulares en la secuencia curricular de las tres escuelas de Derecho.
B. Experiencias en el proceso de aprendizaje del derecho civil:
Cuarenta y un (41) participantes respondieron que perciben la experiencia de aprendizaje del derecho civil como una basada en abundante teoría y escasa práctica. Un (1) participante respondió que es una experiencia basada en abundante práctica y escasa teoría. Seis (6) participantes respondieron que es una experiencia balanceada entre la teoría y la práctica.
Desglose de preguntas individualizada por estudiantes:
- “[En] procedimiento civil avanzado en ejecuciones de sentencia y toma de deposiciones ambos profesores hicieron de las clases una experiencia balanceada entre la teoría y la práctica”.
- “Mucho material para aprenderse en poco tiempo. Los parciales son de tres temas y el final de hasta de 10.”
Treinta y seis (36) participantes respondieron que consideran que las secuencias por materias de derecho civil presentan un orden lógico y efectivo. Catorce (14) participantes consideraron que la secuencia curricular por materias no presenta un orden lógico y efectivo.
6. Si respondió sí a la pregunta anterior, indique el orden de los cursos.
Desglose de las respuestas de participantes:
Orden de preferencia de materias de derecho civil[3] | |||||
Materia | Primer curso | Segundo curso | Tercer curso | Cuarto curso | Quinto curso |
Derecho de la persona y familia | 14/37 | 11/37 | 6/37 | 5/37 | |
Obligaciones y contratos | 13/37 | 2/37 | 4/37 | 12/37 | |
Derechos reales | 6/37 | 18/37 | 8/37 | 3/37 | |
Responsabilidad civil extracontractual | 4/37 | 6/37 | 16/37 | 6/37 | 1/37 |
Derecho de sucesiones | 4/37 | 15/37 |
7. Si respondió no a la pregunta anterior, indique un orden sugerido y explique la razón de su respuesta.
Desglose de las respuestas de participantes:
De dieciséis (16) respuestas recibidas en esta pregunta, solo ocho (8) participantes indicaron un orden de cursos sugerido. De estos participantes, seis (6) consideraron que derecho de la persona y la familia debe ser el primer curso a tomar. Un (1) participante considera responsabilidad civil extracontractual como primer curso. Un (1) participante considera procedimiento civil.
Respuesta individualizada por participantes:
- “Seria útil comenzar a estudiar materia sustantiva y luego pasar a materia procesal. En mi caso, mi primera clase en la escuela de derecho fue procedimiento civil, sin conocer nada sustantivo y, por ende, la integración de la teoría y la práctica en el estudio de casos fue complicado en un principio”.
- “Incluiría sucesiones como curso requisito. Con respecto a los demás, creo que siguen un orden lógico: Familia, Torts, Obligaciones y Contratos, Reales y Sucesiones”.
- “La única clase que por obligación se debe tomar el primer año es Familia. No obstante, el estudiante puede decidir en qué momento coger el resto. Esto ocasiona que no necesariamente se tengan las destrezas necesarias para los cursos [siguientes]”.
- “Familia no debería enseñarse en primer año, deberíamos tener otras bases previas”.
- “Entiendo debe existir un curso inicial sobre Derecho Civil, más allá del curso de 5 días previo a iniciar el 1L. Incluir redacción e investigación, Familia, O/K y Profesión Jurídica”.
- “En lo personal cambiaría el orden así: 1. Familia, 2. Obligaciones, 3. Reales, 4. Contratos, 5. Torts, 6. Sucesiones. De esa manera se enseña la persona, las obligaciones de la persona, la relación de la persona con la cosa y lo que se puede hacer con la cosa o con las obligaciones. Finalmente se atiende la responsabilidad extracontractual y sucesiones integra la mayoría de las materias”.
- “No. Debería ser primero reales antes que contratos. La primera debería ser Familia, Torts, Reales, Contratos y Sucesiones”.
- “Derecho de la familia, obligaciones y contratos; torts, reales, hipotecario. El estudiante debe primero identificar que [lo que el] sujeto (persona) es frente al derecho para luego analizar otras figuras”.
Diecinueve (19) participantes respondieron que no se deben extender los cursos a dos semestres. Aquellos participantes que seleccionaron que sí, indicaron uno o más cursos. Los resultados son los siguientes:
Materia | Cantidad de participantes que indicaron que un curso debe extenderse a dos semestres |
Derecho de la persona y familia | 7 |
Derecho de obligaciones y contratos | 14 |
Responsabilidad civil extracontractual | 6 |
Derechos reales | 5 |
Treinta y seis (36) participantes indicaron que los prontuarios de los cursos les ayudaron a repasar para los exámenes. Siete (7) participantes consideraron que no les ayudaron. Cinco (5) estudiantes no consideraron los prontuarios para repasar. Un (1) estudiante indicó que solo consideró algunos prontuarios. Un (1) estudiante indicó que no ha llegado a ese punto.
10. ¿Cuál es o ha sido para usted la materia más fácil de derecho civil? ¿Por qué?
47 respuestas
Diecinueve (19) participantes consideraron el curso de derecho de la persona y familia como la materia más fácil. Nueve (9) participantes seleccionaron responsabilidad civil extracontractual. Nueve (9) participantes seleccionaron derechos reales. Tres (3) participantes seleccionaron obligaciones y contratos. Un (1) participante seleccionó derecho de sucesiones.
A continuación, la respuesta individualizada por participante:
- “Reales, además de tener un buen Profesor, me parecían doctrinas más concretas y con las que uno está familiarizado como individuo en una sociedad”.
- “Torts, reales, sucesiones, obligaciones y contratos, procedimiento civil avanzado y toma de deposiciones por el método de enseñanza empático y práctico. Los profesores responden dudas en el momento. Dispuestos a que, si uno falla en el midterm, lo discuten y aclaran dudas para el final.”
- “Torts. Por la amplia cantidad de jurisprudencia disponible”.
- “Reales porque seguía una lógica básica: mantener el tráfico jurídico en movimiento y proteger el capital. Partiendo de esas premisas, era fácil entender -y hasta predecir- cuáles eran las normas aplicables a los diferentes derechos reales”.
- “Familia y Torts porque las puedo ver en los hechos diarios y cotidianos”.
- “Familia, es la más parecida a la vida diaria”.
- “Familia porque me gusta mucho el tema”.
- “Familia, me gustaba el área”.
- “Familia ya que estoy más relacionada con el tema y tiene terminologías jurídicas fáciles de recordar. Las demás clases eran demasiado abstractas y poca practica”.
- “Familia- Es un tema en específico y uno puede estudiar mejor”.
- “Derecho de Familia, porque se centra en asuntos comunes y de nuestro diario vivir”.
- “A pesar de que existen muchos escenarios con requisitos específicos, el curso tenía una buena estructura y simpleza en su organización. No te abrumaron con casos extensos y repetitivos. Por el contrario, cada lectura y cada caso era esencial e interesante de leer y discutir”.
- “Derecho de Familia. Su estructura y orden en el Código Civil es mucho más fácil de seguir que otras materias. La gran cantidad de jurisprudencia adoptada por el Código también permitió reducir las lecturas necesarias para entender alguna figura jurídica”.
- “Persona y Familia. La profesora explicaba la teoría, el historial, conceptos y razonamiento de los artículos del código, y al integrar la discusión con los casos se abría el espacio para analizar las decisiones profundamente (si eran correctas, si había conceptos o factores que nunca se tomaron en consideración, si estaban sesgadas por prejuicios o visiones típicas de género, etc.)”.
- “Derecho de persona y familia. La materia está muy bien recogida en el nuevo Código Civil 2020”
- “Reales. Porque a diferencia de las demás, algunas facetas de la vida te ayudan a entender la lógica del razonamiento jurídico. Mientras que [en] las otras dependes mucho de lo impartido en clase y las leyes para comprender el razonamiento jurídico. Digamos que, para estudiar Reales, ya venía con un conocimiento que me ayudó a entender mucho más rápido que [en] las demás”.
- “Pienso que derechos reales se me hizo más fácil para estudiar en la reválida luego de entender obligaciones. De esa manera pude ver su relación y distinción”.
- “Derecho de la Persona y la Familia porque para personas como yo, totalmente ajenas al estudio del Derecho antes de iniciar el JD, el contenido del curso suele ser algo conocido contrario a otros cursos en los cuales todo el contenido es “nuevo”.
- “Torts (el profesor ayudó mucho al entendimiento)”.
- “Familia. Son normas relacionadas al ser humano y su entorno social a lo cual todos estamos familiarizados”.
- “La materia más fácil de derecho civil fue Derechos Reales porque ya contaba con la base de derecho de contratos y obligaciones, que introdujo algunos conceptos de reales”.
- “Torts porque trabajo en un bufete de abogados que su práctica está relacionada con daños”.
- “Procesal Civil, porque las reglas facilitan el entendimiento del procedimiento ante los tribunales”.
- “Obligaciones y Contratos; como vengo de empresas a nivel subgraduado y es el área que más me interesa de práctica, me sentí bastante cómodo en el curso al respecto”.
- “Derecho de la Persona y la Familia. Es un curso práctico, mi hermano tuvo un pleito de divorcio”.
- Familia, ya que es con la que más familiarizada estamos antes de entrar a la Escuela de Derecho. Todos tenemos una idea general, por ejemplo, de lo que es un matrimonio, un divorcio, la custodia, etc.
- Familia, ya estaba familiarizada con el derecho de familia.
- No hay ninguna fácil, pero Torts me resultó más fácil de manejar porque pude realizar esquemas.
- Reales, la materia es sencilla de entender y aplicar
- Derecho de sucesiones porque me interesa esa área del derecho y me gustó la clase.
- Reales, el Código Civil 2020 recoge bien la jurisprudencia.
- Familia. Por las estrategias de aprendizaje utilizadas en la clase.
- Extracontractual, por el contexto de la causalidad.
- Reales: hay menos ambigüedades, es más cuantitativo, formalista y hay menos situaciones que dependen de factores complejos.
11. ¿Cuál considera la materia de derecho civil de mayor complejidad? ¿Por qué?
48 respuestas
Dieciséis (16) participantes consideraron obligaciones y contratos el curso más difícil; once (11) consideraron derechos reales; siete (7) responsabilidad extracontractual; cinco (5) derecho de la persona y familia; cuatro (4) derecho de sucesiones.
A continuación, la respuesta individualizada por participante:
- “Obligaciones y Contratos – una materia muy densa, necesita ser muy bien explicada”.
- “Obligaciones y Contratos. Tuve una gran Profesora que ayudó a organizar todos los conceptos de forma coherente. Es más abstracta, pero una vez entendí la dinámica y cómo se relacionan las distintas doctrinas, me disfruté el curso”.
- “En mi experiencia, procedimiento civil. Método de enseñanza monótono basado en leer un libro”.
- “Derecho de la persona y familia: no tan solo por su extensión -abarca todo aspecto de la vida de una persona- sino por la carga emocional que trae. En segundo lugar, iría Torts debido a la vasta jurisprudencia que debe ser estudiada”.
- “Reales, no podía visualizar las figuras en el abstracto”.
- “Contratos, por la diversidad de requisitos y formas de los mismos”.
- “Todos, mucha información y jurisprudencia para un solo semestre”.
- “Derechos Reales. Tema árido con mucha terminología nueva”.
- “Reales porque es bien abstracto. [También] sucesiones, ya que hay mucha discrepancia entre los casos y el código”.
- “Obligaciones, compleja”.
- “Torts, porque tiene conceptos jurídicos complejos que necesitan más atención y explicación para su aplicación”.
- “Familia. El tiempo de un semestre es muy corto para un material tan denso y con demasiada jurisprudencia y temáticas para 5 meses”.
- “Considero que la materia de derecho civil de mayor complejidad fue Derechos Reales debido a la desorganización del curso que dificulta el aprendizaje de una materia que de por sí es técnica”.
- “Considero que Derechos Reales ha sido la más complicada. Es una materia abstracta, difícil de visualizar y con mucho tecnicismo”.
- “Obligaciones y contratos. Es el curso más teórico, requiere una comprensión total del razonamiento histórico de las doctrinas y cómo en efecto han evolucionado las figuras para entender su aplicación”.
- “Contratos (ya que no he tomado Sucesiones). Porque incluye muchos conceptos, con los cuales no estaba familiarizado y debí dedicarle más tiempo de estudio que a las demás. Y cuando la tomé, fue mientras la daban en primer semestre de primer año. Un error garrafal que corrigieron”.
- “Reales, hipotecario (puede ser complejo o de lenguaje rebuscado)”.
- “Sucesiones, porque requiere dominar varias materias como reales, familia y obligaciones para poder dominarla”.
- “Derecho de Sucesiones, porque tiene muchísimas normas que a su vez aplican en diversas circunstancias. Considero el curso es muy “técnico”. Además, el libro del Cc de 1930 que más cambios sufrió en su versión 2020. En el curso tuvimos que aprender ambas normas”.
- “Reales (por ser una materia que envuelve muchos casos antiguos) [y] obligaciones y contratos”.
- “Obligaciones, por la diversidad de fuentes de las obligaciones”.
- “Obligaciones y Contratos fue la materia más difícil por la complejidad de los términos e ideas, particularmente para un estudiante de primer año. No creo ideal mover la clase para tomarla posteriormente, sino extenderla a un periodo de un año.
- Familia, no fue de mi agrado”.
- “Torts, porque el profesor no explicaba concretamente el derecho positivo y no siempre era fácil entender las doctrinas o sus cambios”.
- “Familia, ya que cuando la tomé todavía estaba vigente el código del 1930 y existían las causales de divorcio”.
- “Derecho de Sucesiones. Muchas lagunas entre el Código Viejo y el Nuevo y falta de interpretación”.
- “No las he tomado todas, pero diría que Torts fue bastante compleja por basarse enteramente en jurisprudencia; Reales también por ser tan abstracta y técnica, y Obligaciones y Contratos es similarmente compleja por las mismas razones, pero definitivamente ayudó tomar Reales primero”.
- “Obligaciones y Contratos, porque tomé el curso el primer semestre de Derecho, en el cual me estaba empezando a familiarizar con la terminología y cómo estudiar”.
- “Reales, hay figuras que no había escuchado antes y fue complicado poder verlos en la jurisprudencia”.
- “Torts, es muchísima información y la clase es estrictamente a base de jurisprudencia”.
- “Obligaciones y contratos por sus figuras jurídicas complejas”.
- “Obligaciones, es una clase más filosófica y abstracta. Siempre se tiene que mirar desde una mirada amplia”.
- “Obligaciones y contratos. Un curso muy técnico para un estudiante de primer año”.
- “Torts: es más ambiguo, pueden existir múltiples culpas y varían [los por cientos] de responsabilidad; los tribunales le atribuyen valor a un daño que no es cuantificable. Existe pelea [sobre el] término de prescripción en casos que no sean obvios, por ejemplo, sobre cuándo empezó a correr el tiempo, cuándo el individuo se enteró o cuándo una persona diligente se hubiera percatado”.
Los participantes señalaron que el factor principal que dificultó o dificulta su proceso de aprendizaje en el derecho civil fue el inicio de la pandemia (24 estudiantes). El segundo factor seleccionado es la metodología rutinaria y memorística (22 estudiantes). El tercer factor seleccionado es el pobre entendimiento de las figuras jurídicas (20 estudiantes). El cuarto factor señalado incluyó dos respuestas en igual posición: transición de la educación virtual y desmotivación para estudiar (19 estudiantes). El quinto factor señalado incluyó la aprobación del nuevo Código Civil (16 estudiantes).
Sobre el Código Civil, treinta y siete (37) participantes indicaron que suelen o solían leer dicha fuente. Trece (13) participantes indicaron que solo en algunas ocasiones leen o leían el Código Civil. Ningún participante indicó que nunca lee o leía el Código Civil.
Veinte (20) participantes indicaron que la experiencia de lectura del Código Civil resulta un proceso complejo, aunque productivo. Trece (13) participantes indicaron que la experiencia resulta un proceso llevadero y efectivo. Diez (10) participantes indicaron que la experiencia resulta un proceso agotador y poco interesante.
Respuestas individualizadas por participantes:
- “Tiene un orden lógico, lo que facilita su lectura, pero hay varios artículos que sin la interpretación del profesor/a no hubiera podido haber descifrado”.
- “Depende de la materia que esté leyendo. Ciertas materias, como Familia, son llevaderas, claras y efectivas. Sin embargo, la lectura de Derechos Reales y Obligaciones es compleja y extremadamente agotadora”.
- “El 2020 mucho más llevadero y efectivo”.
- “No es complejo para [su] entendimiento, pero aporta muy poco en la aplicación”.
- “Insuficiente debido a sus posibles interpretaciones, especialmente con el nuevo código civil que se presta para nuevas interpretaciones. Por eso creo importante contextualizar las disposiciones ahí comprendidas con tratadistas/comentaristas que aborden aún más sobre la figura jurídica objeto de estudio”.
Cuarenta y seis (46) participantes seleccionaron que la estrategia principal que utilizan en sus cursos de derecho civil es la discusión de casos. Treinta y siete (37) participantes seleccionaron que la segunda estrategia más utilizada es el método socrático. Veintinueve (29) participantes seleccionaron que la tercera estrategia más utilizada son las preguntas de discusión tipo ensayo. Veinte (20) participantes seleccionaron que la cuarta estrategia más utilizada son las preguntas de breves respuestas. Once (11) participantes seleccionaron que la quinta estrategia más utilizada son los debates grupales. Diez (10) participantes seleccionaron que la sexta estrategia más utilizada es la elaboración de mapas conceptuales. Siete (7) participantes seleccionaron que la séptima estrategia más utilizada son las presentaciones orales. Seis (6) participantes seleccionaron que la octava estrategia más empleada es la argumentación en casos simulados.
Respuestas individualizadas por participantes:
- “Procedimiento civil era solo leyendo y siguiendo al profesor en la lectura de su libro. Familia, reales, obligaciones y contratos, sucesiones, método socrático, discusión de casos, debates grupales, preguntas de breves respuestas. Reales además de estas, elaboración de mapas conceptuales”.
- “Aún no he tomado el curso”.
- “Preguntas de escoge, práctica legal, corte de práctica”.
- “Examen final como único método de evaluación”.
- “La profesora solo discutía lo aplicable al curso y los casos que estaban vigentes”.
Cuarenta y tres (43) participantes indicaron que las figuras del Código Civil se integraban al proceso de enseñanza-aprendizaje mediante discusión basada en el Código Civil y la jurisprudencia aplicable. Tres (3) participantes seleccionaron que la integración de las figuras solo ocurrió mediante discusión solo basada en el Código Civil. Un (1) participante indicó que la integración ocurría mediante discusión de la jurisprudencia aplicable. Ningún participante seleccionó que en sus cursos la discusión transcurría sin aludir al Código Civil.
A continuación, la respuesta individualizada por participante:
- “Aunque se aplica poco, el código por sus discrepancias y detalles”.
- “En familia solo se discutió el código y luego la discusión en grupo tuvo mucha dificultad”.
C. Preguntas relacionadas con el Código Civil vigente[4]
En esta sección se incorporó una pregunta de escala. La alternativa uno significa “no era necesario”. La alternativa cinco significa “totalmente necesario”. Veintiséis (26) participantes seleccionaron (5), por lo que entienden que el nuevo Código Civil era necesario.
En cuanto a la transición del antiguo Código Civil de 1930 al nuevo Código Civil de 2020, veintiocho (28) participantes señalaron que en sus facultades discuten ambos códigos. Nueve (9) participantes señalaron que solo ha discutido el Código vigente. Siete (7) participantes indicaron que estudiaron el Código Civil del 1930, y se graduaron con el Código Civil del 2020. Cuatro (4) participantes indicaron que se graduaron con el Código Civil de 1930.
Respuesta individualizada por participante:
- “Entré con CC 2020”.
Treinta y dos (32) participantes seleccionaron que es necesario hacer referencia al Código Civil del 1930 para la discusión de clase. Nueve (9) estudiantes seleccionaron que no es necesario hacer referencia al Código Civil de 1930 en la discusión de clase.
A continuación, se desglosan las respuestas individualizadas por los participantes:
- “Depende. Si es un artículo que tiene relación con alguno vigente, sí. Si no, podría llevar a confusión. Aunque reconozco que hay situaciones de hecho que deben ser controversias enmarcadas en el derecho del CC de 1930”.
- “A veces es bueno saber si el artículo en discusión es totalmente nuevo o si ya existía un precursor”.
- “Depende lo que el profesor desea explicar en clase”.
- “En ocasiones”.
- “No necesariamente, solo de forma comparativa”.
- “Solo en el sentido para entender la vieja jurisprudencia.”
Treinta y cuatro (34) participantes seleccionaron que el primer factor significativo que distingue al nuevo Código Civil de 2020 es la incorporación de la jurisprudencia reciente. Veinticinco (25) participantes seleccionaron que el segundo factor significativo es el lenguaje adoptado. Dieciocho (18) seleccionaron que el tercer factor significativo es la organización por capítulos. Diecisiete (17) seleccionaron que el cuarto factor significativo es el orden de los Libros.
Respuesta individualizada por participante:
- “La eliminación de figuras jurídicas arcaicas e inaplicables al PR del siglo XXI”.
25. Mencione alguna propuesta o alternativa para mejorar los métodos y las prácticas de enseñanza del derecho civil en las escuelas de derecho en Puerto Rico:
30 respuestas
A continuación, se comparte las respuestas elaboradas por los participantes:
- “Integrar estrategias prácticas como debates y juicios simulados”.
- “Dar exámenes parciales. No dar solo un examen por semestre”.
- “Más practica en los cursos y discutir el código 1930 con el nuevo en conjunto para entender mejor las figuras jurídicas”.
- “Es algo que debo evaluar más detenidamente y pensando en los nuevos alumnos”.
- “Revisar los currículos de acuerdo con la organización del nuevo código. Habrá clases que se podrán ampliar, otras, que se quiten, otras que se integren. En fin, debe haber una discusión de reforma a los currículos”.
- “Más práctica y discusión de casos reales donde se pueda ver la aplicación real de las doctrinas”.
- “Es muy importante permitirle al estudiante visualizar y aplicar los conceptos y las figuras jurídicas. Muchas veces el enfoque está en recibir una charla de dos horas y memorizar lo dicho, pero no en comprender, puesto que no hay práctica alguna. Las preguntas de discusión (ensayo) se limitan únicamente a exámenes finales. Sin embargo, debería incorporarse en la enseñanza preguntas hipotéticas que le permitan al estudiante analizar una situación y llegar a la conclusión adecuada “on the spot”. Un ejemplo de ello ocurre en el Programa de Apoyo Académico de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. Al final de cada tutoría, la gran mayoría de los tutores envían situaciones hipotéticas o las realizan en la reunión para que los estudiantes tengan la oportunidad de aplicar lo discutido. El tutor entonces evalúa y los dirige hacia una mejor respuesta, sin dar puntuaciones. Este tipo de avalúo desarrolla la comprensión, el análisis y el vocabulario, le da más confianza al estudiante y lo motiva a continuar estudiando ahora que comprende las figuras”.
- “La clase de procedimiento civil debe ser la enseñanza dinámica y de aplicación. La teoría sola no ayuda a crecer ni a poner a pensar al estudiante en escenarios reales de aplicación a las reglas. La técnica de lectura monótona por cámara y de 8pm a 10pm fue nefasto”.
- “Se debe ir a la práctica desde 2do año, ya que clases como la de evidencia se podrían entender mejor en la aplicación”.
- “Aún no he tomado el curso”.
- “Quizzes cortos semanales”.
- “Más ejercicios de práctica”.
- “Los profesores deben aprender a educar. Sugiero adiestramientos en educación de adultos y en currículo. Me resulta contraproducente que muchos fundamenten sus cursos en la cantidad en lugar de en la profundidad y el análisis. Tampoco estoy satisfecha con la forma de evaluar a los estudiantes, casi siempre mediante un único examen final por curso. Esa práctica me resulta descabellada. (Lo anterior lo expreso, aunque tengo promedio general de 3.80. Considero que con otras metodologías hubiera aprendido más)”.
- “Utilizar menos el método socrático o la conferencia. Los profesores deberían comprender que no todos estamos relacionados con la complejidad jurídica. Recuerdo que mi primer año fue uno de suma dificultad, estaba completamente en línea, no tenía ningún tipo de experiencia ni personas que me dieran tutorías. Los profesores asignaban la lectura de ambos códigos y jurisprudencia que no lograba entender. Tampoco se discutía en clase. No podía expresar mis dudas si ni siquiera sabía qué no entendía”.
- “Integración de diagramas en los prontuarios para poder visualizar la conexión de cada uno de los temas”.
- “Discutir el Código Civil 2020 fuera de prejuicios y percepciones de los profesores”.
- “Integrarlo con jurisprudencia vieja”.
- “Creo que sería interesante incorporar experiencias prácticas, como visitas a oficinas del Departamento de la Familia o del Registro de la Propiedad, etc.”
- “Incorporar más talleres prácticos ya que eso nos ayuda a aplicar de manera más efectiva lo aprendido en clase. Buscar que todo se demuestre en una única prueba final es un método poco efectivo a mi entender”.
- “Integrar mayores discusiones en el salón de clase. No depender únicamente del método socrático. Fomentar el uso de guías de referencia que ilustren una idea general al estudiantado para profundizar los temas de manera organizada. No es necesario discutirlo todo con un power point, puede crear dependencia en el estudiantado y desconexión de la discusión del presente”.
- “Puede ser tan simple como adoptar una estructura simple y lógica en la que cada tema que se discuta ayude a entender el próximo tema y respetar el orden que se dijo que se iba a seguir”.
- “Mejorar el uso de la tecnología y visuales que ayuden a conceptualizar figuras jurídicas y su aplicación en escenarios reales. El método de memorización suele ser agotador y no surge efecto para un aprendizaje efectivo. Promover cursos de integración de materias luego de tomar los cursos específicos relacionados con las distintas materias del Código Civil”.
- “Dejar a un lado el método socrático y discusión estrictamente de casos y moverse a un enfoque multitudinal de la materia que prepare al estudiante a la práctica. Me parece irónico que queramos defender la tradición civilista de derecho en la isla, pero adoptamos sin reservas el método de enseñanza que usan las escuelas de derecho americanas. Es como básicamente tener lo peor de los dos mundos”.
- “Aclarar los artículos del código que se contradicen entre sí. El código debe ser escrito por juristas expertos en cada materia”.
- “Que la discusión sea más práctica. Aunque se entiende que muchos profesores se están familiarizando con el Código, muchos se quedan en la mera lectura literal del Código y los estudiantes tienen que autoeducarse a través de fuentes que no se sabe si es la interpretación correcta”.
- “Mayor discusión de casos”.
- “Más práctica”.
- “Integrar tratadistas en las clases (me parece loco que no tengamos libros en algunas clases, es solo código civil y jurisprudencia). Conociendo la dificultad de algunas figuras jurídicas, esto puede ayudar al estudiante a entender el concepto mejor y su alcance. También propongo extender la duración de la clase de obligaciones y contratos a un año. Admito que durante la clase no vi un contrato, ni tampoco pude redactar una disposición contractual. Fue una experiencia sumamente teórica que me dejó en duda y poco preparada para experiencias de verano en bufetes. Al día de hoy, como estudiante de segundo año, no tengo idea de ni siquiera qué incluir en la cabecera de un contrato”.
- Restructuración en los métodos de enseñanza.
- “Minimizar la cantidad de casos que le asignan a los estudiantes y enfocarse en aquellos de mayor importancia o relevancia, dado que abrumar los estudiantes con casos tiene el efecto contrario de enseñanza ya que son leídos de modo superficial para cumplir las obligaciones académicas y no permite tiempo para entender el material”.
26. Algún comentario u observación adicional:
- “La escuela de derecho debe ser más transparente en su proceso de revisión de exámenes. El decanato le delega demasiado a la libertad de cátedra”.
- “Me encanta lo civil. Una lástima que, en la clase de procedimiento civil, que es tan necesaria, me quedé con muchas lagunas. Esa clase debe ser presencial y poderle presentar escritos reales para uno poder visualizar mejor su aplicación”.
- “Además la reválida debe ser mitad teoría y mitad práctica, porque se puede pasar la reválida con la teoría, pero si no sabes aplicarla en un tribunal no sirve de nada”.
- “Para mí, la experiencia educativa en la Escuela de Derecho, específicamente con los cursos de Derecho Civil, es análoga a que un maestro enseñe teóricamente a sus alumnos todas las técnicas y modalidades de brincar cuica. Luego, al final del curso, le solicita que prueben lo “aprendido”, ordenándoles brincar cuica en un tiempo limitado, X número de veces y en todas las modalidades discutidas. Lo más asombroso es que durante el curso, ni se modeló ni se practicó el ejercicio.
- “El curriculum de la Escuela en el tema del Derecho Civil. Pero ya fue corregido al incorporar Torts y Reales en el Primer Semestre y dejando Contratos para el Segundo Semestre”.
- “Más allá de consideraciones sobre las materias de derecho civil, deberíamos seriamente considerar migrar la metodología de enseñanza en las escuelas [hacia] algo más listo para la práctica que [el método] actual, que es demasiado teórico y doctrinal, e iría tan lejos como decir que atropellado método de enseñanza. Como estudiante, de nada me sirve “aprender a pensar como abogado” si ni tan siquiera estoy familiarizado con las materias. Esas discusiones esotéricas son más útiles luego del primer año que durante, cuando ya uno tiene un conocimiento básico de derecho”
[1] Estudiantes preguntan si nuevo Código Civil vendrá en la Reválida. Microjuris. 30 de abril de 2021. https://aldia.microjuris.com/2021/04/30/estudiantes-preguntan-si-nuevo-codigo-civil-se-evaluara-en-la-revalida/
[2] En la elaboración del cuestionario participaron los estudiantes de la Escuela de Derecho (UPR) Andrés Díaz Navarro, Noelis Guzmán Sáez y Yasiris Torres Rivera, quien al final del proceso ya había revalidado y juramentado como licenciada en Derecho.
[3] El numerador hace referencia a la cantidad de estudiantes que emitieron cierta respuesta, mientras que el denominador hace referencia a la totalidad de estudiantes que participaron en esta pregunta.
[4] Se omiten las preguntas 17-20 sobre Código Civil y reválida. La limitada participación en esta sección del cuestionario dificulta el análisis de los hallazgos.
1 Response
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