BREVE REACCIÓN AL INFORME SOBRE EL CUESTIONARIO SOBRE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO CIVIL EN LAS ESCUELAS DE DERECHO DE PUERTO RICO EN LAS ESCUELAS DE DERECHO DE PUERTO RICO
Noelis Guzmán Sáez, estudiante comisionada
Escuela de Derecho (UPR-RP)
El derecho permite levantar cuestionamientos y continuas búsquedas. El informe presentado ayuda a visualizar parte de las inquietudes habituales en el estudio del derecho civil. La comunidad estudiantil y los juristas de este siglo han enfrentado cambios significativos que han transformado la manera de visualizar el mundo jurídico. Aun así, el modelo de enseñanza del derecho civil amerita una profunda reflexión por parte de la comunidad estudiantil y el profesorado. Los hallazgos presentados, aunque son una muestra limitada, arrojan cuestionamientos sobre las prácticas comunes al momento de analizar el derecho civil. Por lo que, este informe puede invitarnos a continuar la búsqueda de dificultades y retos en el aprendizaje del derecho civil, para así también, hallar posibilidades, soluciones y alternativas.
I. Integración del derecho
“El Derecho, como el aire, se encuentra en todas partes” expresa Santiago Nino, un filósofo del derecho citado en el libro El derecho explicado a los jóvenes.[1]
La enseñanza del derecho civil en Puerto Rico presenta un orden ramificado en materias civilistas. Los estudiantes aprenden el contenido curricular mediante la lectura y la interpretación del Código Civil y la jurisprudencia aplicable proveniente del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Sin embargo, en este ejercicio el derecho en ocasiones es asimilado a través de los esquemas mentales como una norma separada o aislada de una realidad social e histórica. Por ejemplo, veamos el Artículo 1096 que regula las obligaciones solidarias:
En virtud de lo dispuesto expresamente en la obligación o en la ley puede exigirse a cada uno de los deudores, o por cada uno de los acreedores, el total de la prestación.
Un estudiante no familiarizado con la disposición legal citada puede cuestionar: (1) ¿Por qué se llama una obligación solidaria?; (2) ¿Por qué a un deudor se le califica solidario?; (3) ¿Por qué a estos deudores se les puede exigir el total de la prestación?
Responder a estas preguntas requerirá que el profesor explique la razón histórico-social de esta figura jurídica, la etimología de la palabra solidaridad, y cómo dicha figura puede operar, por ejemplo, en una acción de incumplimiento de contrato o en una acción por responsabilidad civil extracontractual. En circunstancias como estas, el derecho civil no se puede contemplar de manera aislada a otros campos del saber externos e internos del mundo jurídico ni distantes de las situaciones recurrentes de esta era.
Sobre lo anterior, Marcial Rubio Correa propone que consideremos el derecho como un sistema, un conjunto de reglas enlazadas entre sí: “Los estudiosos contemporáneos prefieren hablar de conjuntos y subconjuntos, lo que no hace sino reforzar la idea de que el Derecho es un sistema”.[2]
Ello implica que al considerar el estudio del derecho proveniente del Código Civil y la jurisprudencia vinculante, también es necesario considerar cómo se comporta esa figura en diversos escenarios en donde el derecho se manifiesta. Por ejemplo, un ejercicio productivo podría ser analizar cómo actúa la figura de usucapión bajo el nuevo Código Civil en el que se modifican los términos y en una época en la cual la tecnología puede impactar el conocimiento de las partes.
Ante esta realidad, es un reto enseñar derecho civil pues cumplir con las exigencias ordinarias del aprendizaje jurídico, y en el caso del estudiantado, descubrir el lenguaje jurídico desconocido requiere una organización concienzuda del proceso de enseñanza-aprendizaje. No obstante, la reflexión es elemento esencial para que las nuevas generaciones tengan otras posibilidades al descubrir el derecho civil como parte esencial de nuestro desarrollo de vida dentro de una sociedad en donde existen diversas relaciones jurídicas.
II. Estrategias de aprendizaje sugeridas
Para atender las observaciones expuestas en el párrafo anterior, se comparte una serie de sugerencias:
- Talleres introductorios para estudiantes de primer año sobre el acercamiento a los términos jurídicos: En estos encuentros se hará un acercamiento a las figuras fundamentales o a aquellas que se prestan a confusión del derecho civil, por ejemplo, finca, servidumbre, régimen de propiedad horizontal, etc.
- Talleres a las escuelas y otras comunidades: Para visualizar el derecho civil resulta necesario que las personas conozcan que existe el Código Civil como un conjunto de normas que trasciende sobre las relaciones jurídicas de la sociedad puertorriqueña. En esta experiencia, los talleristas pueden ser estudiantes de derecho con la mentoría de sus profesores y abogados.
- Curso de integración: En este espacio, los estudiantes mediante una especie de laboratorio jurídico se expondrán a situaciones de hechos simuladas en la que deberán integrar dos o más materias de derecho civil mediante ejercicios prácticos, tales como argumentaciones orales o debates.
- Seminario reflexivo sobre el derecho civil: Mediante este seminario el estudiante analizará el derecho civil como un conjunto de normas enlazadas desde una perspectiva ética-jurídica y social. Durante el semestre se desarrollará un escrito que permita la reflexión y análisis crítico sobre las figuras civilistas que trascienden sobre la sociedad puertorriqueña.
- Celebración anual de grupos focales por facultades: En estos encuentros se recogerá e identificarán las dificultades recurrentes que procedan del estudio del derecho civil.
[1] María de la Válgoma, El derecho explicado a los jóvenes 21 (Editorial Paidós 2013).
[2] Marcial Correa, Proyecto de Nuevo Sistema de enseñanza del Derecho en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 52 DERECHO PUCP 957 (1998-1999).
1 Response
[…] BREVE REACCIÓN AL INFORME SOBRE EL CUESTIONARIO SOBRE LA ENSEÑANZA DEL DERECHO CIVIL EN LAS ESCUEL…Noelis Guzmán Sáez […]